Optar por una modalidad de pensión es una decisión importante no sólo para el afiliado, si no también para su familia. Los beneficiarios y su bienestar futuro son una preocupación constante para todos los cotizantes.
Derivado de este interés, hemos propuesto un análisis de casos para determinar cuánto pueden variar los montos de pensión de sobrevivencia de un mismo capital ahorrado, para las tres modalidades de pensión. Entregamos algunas claves a tener en cuenta para que decida adecuadamente por Usted y su familia:
Consideramos el caso real de un afiliado fallecido en el año 2009, dejando a una viuda de 58 años y a un hijo de 19 años a esa fecha. Su capital acumulado era de UF 5.605,08. Las pensiones resultantes en las distintas modalidades son las siguientes:
Financiamiento del Capital en las distintas Modalidades de Pensión a NOV. 2009 (*)

(*) Cantidades expresadas en UFs
La diferencia entre las Rentas Vitalicias y el Retiro Programado, se produce fundamentalmente por la Tasa de Interés que se aplica a esta modalidad, la cual es determinada anualmente por la SUPEN y es generalmente superior a las Tasas de Venta de las Rentas Vitalicias.
Cabe señalar, que la modalidad Retiro Programado permite al pensionado cambiar a una Renta Vitalicia transcurrido algún tiempo. No obstante, la modalidad Renta Vitalicia no permite esta garantía.
En el caso de las Rentas Vitalicias Garantizadas, el costo de la prima cobrada por la compañía es mayor en función de que se está asegurando una pensión equivalente al 100% de la pensión que recibe la viuda, de acuerdo con los años garantizados contratados. A mayor cantidad de años garantizados menor pensión.
En el caso descrito anteriormente la pensión inicial en Retiro Programado al cabo de dos años bajó desde Noviembre 2009 a Diciembre 2011 de UF 23.26 a UF 22, 14, es decir la viuda recibe un 5,06% menos de pensión. Una característica de esta modalidad es que es una pensión variable, y que, ante el fallecimiento de la viuda, puede constituir herencia si no existieran beneficiarios de pensión.
Al contratar una Renta Vitalicia se debe considerar que el capital es traspasado a una Compañía de Seguros con la condición de recibir un pago fijo en UF, por lo tanto es un contrato de renta fija.
Cuando existen períodos garantizados, al fallecer la viuda antes del plazo contratado, la Compañía se obliga a pagar el remante a los beneficiarios designados (de libre elección ), bajo la modalidad de indemnización, por lo tanto no requiere posesión efectiva para realizar el cobro.
Si la opción inicial a Noviembre 2009 hubiese sido una Renta Vitalicia en cualquiera de sus modalidades la pensión se habría mantenido estable en el tiempo.
Después de transcurridos dos años, evaluamos la posibilidad de cambio de modalidad, obteniendo los resultados señalados en el siguiente cuadro, donde la disminución de los valores está directamente relacionada con la disminución del capital.
Financiamiento del Capital en las distintas Modalidades de Pensión a DIC. 2011 (*)

(*) Cantidades expresadas en UFs
La modalidad de Retiros Programados se caracteriza por los recálculos anuales de la pensión, razón por la cual la persona que opte por ésta modalidad debe asumir el riesgo que su pensión futura esté expuesta a que baje, según se demuestra en los cuadros insertos. Cuando una persona desea pensionarse, se debe proyectar a lo que va a percibir el resto de su vida, y no necesariamente inclinarse por la mayor oferta realizada por las AFP en su inicio.
De acuerdo a la proyección efectuada oficialmente, la viuda del ejemplo señalado, comienza con una pensión de UF 23.26 y al cabo de 30 años se estima que su pensión disminuirá a UF 12,43.
La elección de la modalidad, además de otros factores a considerar, está relacionada fundamentalmente con el perfil de riesgo de la persona, es decir, si privilegia una renta variable versus una renta fija.
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